HISTORIA BOMBEROS PUERTO MONTT

La noche del 14 y 15 de junio de 1865, la ciudadania de Melipulli 
antiguo nombre de Puerto Montt

 Dormía en calma; hasta que alterado todo el pueblo se enteraba que ardían dos de las mejores casas en el centro de la naciente ciudad.

Los esforzados pobladores debieron demoler una tercera casa con la esperanza de poder detener el fuego destructor que amenazaba las casas vecinas, teniendo la fe en que éste no avanzaría, gracias a la venia de la naturaleza que había dejado caer una intensa lluvia momentos antes.

Este suceso motivó a los más caracterizados vecinos de la ciudad para echar las bases de una unidad de Bomberos, movimiento que tuvo feliz acogida de parte del intendente de la provincia don F. Sánchez Fontecilla, quién al dar cuenta de la formación de esta institución al Supremo Gobierno a raíz del incendio, solicitaba la cantidad de quinientos pesos para adquirir una bomba, hachas, ganchos, escaleras y otros elementos. El intendente al tomar conocimiento de la fundación de la institución, acusaba recibo de la carta respectiva en los siguientes términos:

Puerto Montt, 20 de junio de 1865

Nro. 399

Se ha recibido en esta Intendencia el acta del 19 de junio de 1865 del Directorio de Compañía

En el que se ha organizado en este pueblo, en contestación a ella debo dar las gracias por los desinteresados que han hecho para organizar la útil e importante institución que dirigen… 

Al mes siguiente de haberse fundado el Cuerpo de Bomberos de Puerto Montt, el Supremo Gobierno otorgaba la primera subvención, según se desprende del siguiente oficio:


Santiago, julio 4 de 1865

El Presidente de la República con fecha de hoy ha decretado lo que sigue:

Vista la nota precedente y teniendo presente los graves prejuicios que puede ocasionar un incendio en poblaciones como las de Melipulli, cuyos edificios son en su totalidad de madera, decreto: La Tesorería Fiscal de Llanquihue pondrá a disposición del intendente de la provincia, la cantidad de quinientos pesos, la que se invertirá en la adquisición de una bomba de incendio y sus útiles. Ríndase cuenta documentada de la inversión de esa suma, la que se deducirá de la partida 44 del presupuesto del interior.

Refréndese, tómese razón, comuníquese lo que transcribo a Ustedes en contestación a su nota Nº183.

Dios guarde a Ustedes Alvaro Covarrubias.